Con la vista puesta en las próximas elecciones generales, los ayuntamientos de toda España se preparan para llevar a cabo los sorteos públicos que asignarán a los ciudadanos la responsabilidad de constituir las mesas electorales.
Cada órgano electoral estará integrado por tres ciudadanos [https://www.libertaddigital.com/espana/2026-10-05/este-es-el-dia-en-que-sabras-si-te-ha-tocado-mesa-electoral-por-que-te-eligen-y-como-llega-la-notificacion-7470461/] elegidos por sorteo, un presidente o presidenta y dos vocales, además de dos suplentes asignados por cada puesto, lo que implica la citación de un total de nueve personas a las 8:00 horas para proceder a la constitución de la mesa antes de la apertura del colegio.
El desempeño de este cometido cívico no responde a una relación laboral formal, sino al ejercicio de un deber público con una compensación económica. Según lo dispuesto en la orden del Boletín Oficial del Estado publicada en junio de 2026, los ciudadanos designados como titulares percibirán una dieta de 75 euros por la jornada. De manera complementaria a este pago, los trabajadores por cuenta ajena que asuman la función tendrán derecho a un permiso retribuido completo durante el domingo de votación, así como a una reducción de jornada de cinco horas en su puesto laboral al día siguiente de los comicios.
LAS FUNCIONES DE CADA MIEMBRO DE LA MESA ELECTORAL
Aunque el correcto funcionamiento del colegio, la custodia de las urnas, la garantía de transparencia y el escrutinio final constituyen obligaciones colectivas de la mesa, la legislación atribuye responsabilidades precisas a cada rol.
El presidente o la presidenta ejerce la máxima autoridad dentro del local electoral durante toda la jornada, asumiendo la labor de dirigir el desarrollo de la votación, resolver las incidencias operativas iniciales y velar por el mantenimiento del orden público en la sala, con facultad para solicitar la presencia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si fuera preciso. Asimismo, se encarga personalmente de depositar los sobres de los electores en las urnas, tras certificar su identidad, y de introducir los votos emitidos por correo al dinalizar el periodo de votación. Al concluir la recuento, valida con su firma las actas oficiales de constitución, escrutinio y sesión, para trasladar posteriormente los sobres con los resultados y los votos nulos al juzgado de primera instancia o de paz correspondiente.
[https://s1.staticld.com/2026/07/19/320/240/images.jpg]Cuenta atrás para el 29-N: el calendario que decidirá el futuro político de EspañaMaría Caba Díaz [https://www.libertaddigital.com/espana/2026-10-05/cuenta-atras-para-el-29-n-el-calendario-que-decidira-el-futuro-politico-de-espana-7470269/]
Por su parte, los dos vocales asumen el control operativo y documental del voto. Su labor principal consiste en verificar la identidad de los votantes mediante la presentación del DNI, pasaporte o carné de conducir, cotejando sus datos con las listas oficiales del censo electoral. A medida que los ciudadanos ejercen su derecho al voto, los vocales efectúan el registro nominativo en la lista numerada, apoyan al presidente en las labores de apertura de sobres y recuento de papeletas durante el escrutinio, y ratifican con sus firmas las actas del cierre de la jornada junto con la máxima autoridad de la mesa.
RELACIONADO
* ¿Cómo se elige a los miembros de la mesa electoral el 29-N? La fórmula del sorteo en los ayuntamientos [https://www.libertaddigital.com/espana/politica/2026-10-18/como-se-elige-a-los-miembros-de-la-mesa-electoral-el-29-n-la-formula-del-sorteo-en-los-ayuntamientos-7473248/] * ¿Te libra pedir el voto por correo de la mesa electoral el 29-N? [https://www.libertaddigital.com/espana/politica/2026-10-14/te-libra-el-voto-por-correo-de-la-mesa-electoral-el-29-n-7472458/] * Cuándo sabrás si te toca estar en una mesa electoral en Canarias para las elecciones del 29-N [https://www.libertaddigital.com/canarias/2026-10-10/cuando-sabras-si-te-toca-estar-en-una-mesa-electoral-en-canarias-para-las-elecciones-del-29-n-7473353/]
En torno a la mesa electoral también intervienen otros actores con tareas específicas de fiscalización y logística. Los interventores, acreditados por las distintas candidaturas políticas, permanecen presentes con voz pero sin voto para supervisar la transparencia de las actuaciones. A su vez, los representantes de la Administración pública se encargan de recopilar los datos de participación y los recuentos parciales y finales para transmitirlos directamente al centro de procesamiento de datos del Gobierno.
REQUISITOS DE ESTUDIOS POR CARGO
Según el Artículo 26.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG) [https://www.juntaelectoralcentral.es/cs/jec/loreg/contenido?idContenido=2707237&idLeyJunta=1&idLeyModificacion=2706306&p=1379061423059&paux=1379061423059&template=Loreg/JEC_Contenido]: "El Presidente y los vocales de cada Mesa son designados por sorteo público entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores de la Mesa correspondiente, que sepan leer y escribir y sean menores de setenta años, si bien a partir de los sesenta y cinco años podrán manifestar su renuncia en el plazo de siete días. El Presidente deberá tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo Grado, o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente".
Ante el inminente inicio de los envíos de notificaciones oficiales por parte de los consistorios, las autoridades recuerdan la obligatoriedad de atender las comunicaciones que detallen el colegio, el cargo asignado y las instrucciones operativas. Aquellas personas seleccionadas que cuenten con un motivo legalmente válido que les impida asistir deberán formalizar su alegación en tiempo y forma ante la Junta Electoral de Zona correspondiente.